Ahorro en la compra de coches eléctricos: Deducciones en el IRPF

Ahorro en la compra de coches eléctricos: Deducciones en el IRPF

Punto de recarga 11 Abr, 2024

En España, el incentivo fiscal para la compra de coches eléctricos incluye una deducción del 15% en el IRPF, una medida efectiva hasta finales de 2024. Este artículo detalla cómo aprovechar dicha deducción, los tipos de vehículos que califican, y la compatibilidad con otros programas como el Plan MOVES III.

¿Qué tipos de vehículos eléctricos califican para la deducción del IRPF?

Para beneficiarse de la deducción del IRPF, el vehículo eléctrico adquirido debe estar categorizado bajo:

  • Turismos M1
  • Cuadriciclos Pesados L7e
  • Cuadriciclos Ligeros L6e
  • Motocicletas L3e, L4e, y L5e

Estos vehículos deben poseer el distintivo ambiental tipo 0 (azul), que incluye:

  • BEV (eléctricos de batería)
  • EREV (eléctricos de autonomía extendida)
  • PHEV (híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía)
  • FCEV (eléctricos de pila de combustible)

Todos los vehículos deben estar homologados y listados en la Base de Vehículos del IDAE para ser elegibles.

¿Cuánto puedo deducir al comprar un coche eléctrico?

La deducción aplicable es del 15% sobre el costo de adquisición del vehículo, incluyendo impuestos y gastos asociados, hasta un máximo de 20,000 euros (lo que resulta en una deducción máxima de 3,000 euros). Esta deducción se aplica directamente en la cuota íntegra estatal del IRPF.

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Requisitos para la deducción del IRPF por la compra de coches eléctricos

  • Fecha de matriculación: Debe estar matriculado en España por primera vez entre julio de 2023 y diciembre de 2024.
  • Uso del vehículo: Exclusivamente para uso personal y no puede ser afectado a actividades económicas.
  • Precio máximo: No debe superar los precios máximos establecidos para cada categoría de vehículo según el Anexo III del Real Decreto 266/2021.

Plazos para la deducción por compra de coches eléctricos

Los vehículos y puntos de recarga deben adquirirse y los pagos realizarse entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. Las condiciones permiten pagos a plazos siempre que se cumpla con un adelanto mínimo del 15%.

Cargador en casa

¿Pensando en instalar un punto de recarga?

Deducción por la subvención de la instalación del punto de carga

  • Tipos de cargadores que califican: Todos los tipos de cargadores que cumplan con los estándares actuales y sean instalados en residencias privadas.
  • Reintegro por uso comercial: Si el cargador se destina posteriormente a uso comercial, deberás reintegrar las deducciones obtenidas.
  • Permiso para instalación: Podrías necesitar permisos de construcción o instalación específicos. Es recomendable consultar con tu ayuntamiento o con un asesor profesional en EAVE.
  • Casilla en la declaración de renta: Para declarar en Renta WEB las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables”, de pila de combustible y por instalación de puntos de recarga hay que buscar en «apartados declaración» de Renta Web, dentro de las deducciones generales de la cuota la deducción específica para ello. Una vez dentro de este apartado ya se pueden cumplimentar las dos deducciones existentes:
    • La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible estaría entre las casillas 1916 y 1927 (ambas incluidas).
    • La deducción por la instalación de puntos de recarga estaría entre las casillas 1929 y 1935 (ambas incluidas).

Además de la deducción por la compra del vehículo, puedes deducir un 15% del costo de instalación de un punto de carga, con un máximo de 600 euros (base de 4,000 euros). Este beneficio se aplica bajo las mismas condiciones temporales y de uso personal.

Compatibilidad con el Plan MOVES III

La deducción del 15% es compatible con las ayudas del Plan MOVES III, pero es importante declarar cualquier subvención recibida como ganancia patrimonial, que podría afectar la base de la deducción.

Aprovechar la deducción del 15% en la compra de coches eléctricos puede representar un ahorro significativo en el IRPF. Es esencial cumplir con todos los requisitos y considerar la compatibilidad con otras ayudas como el Plan MOVES III para maximizar los beneficios fiscales. Recuerda consultar con especialistas y concesionarios autorizados para asegurar que todos los criterios sean correctamente aplicados y aprovechados.

Fuentes de Información Oficiales:

  1. Boletín Oficial del Estado (BOE)
  2. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
  3. Agencia Tributaria

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